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Guía · la calculadora oficial

La calculadora de despido del CGPJ, explicada

Mucha gente busca «calculadora despido CGPJ» o «calculadora del poder judicial». Existe, es oficial y es buena. Esto es lo que hace, lo que no hace, y en qué se diferencia de la de esta web.

Normativa vigente a 24 de agosto de 2026

Qué es

El Consejo General del Poder Judicial publica en su web una aplicación de cálculo de indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo. Es la herramienta que usan de referencia muchos abogados y los propios juzgados, y está mantenida por el órgano de gobierno de los jueces.

Conviene decirlo claro: es una herramienta seria y es la referencia del sector. Si quieres el número que un juzgado tomaría como punto de partida, es donde mirar.

Qué datos pide

Tres, los mismos que aquí: fecha de inicio de la relación laboral, fecha de finalización y salario (diario, mensual o anual, siempre en bruto y con las pagas extra prorrateadas).

Qué cubre ella y aquí no

Su catálogo de supuestos es más amplio que el de esta calculadora. Además del despido improcedente, el objetivo, el colectivo y el fin de contrato temporal, contempla:

  • Extinción por voluntad del trabajador (artículo 50 del Estatuto).
  • Movilidad geográfica y modificación sustancial de condiciones de trabajo.
  • Contrato de fomento de la contratación indefinida.
  • Trabajadores fijos discontinuos, con hasta treinta periodos distintos.
  • Empleados del hogar familiar, incluido el desistimiento del empleador.

Si tu caso es uno de esos, usa la del CGPJ: esta web no los calcula y no queremos que te lleves un número que no es el tuyo.

Qué hace esta calculadora y la oficial no

La del CGPJ está pensada para profesionales que ya saben qué tipo de despido tienen delante. Esta está pensada para quien acaba de recibir una carta y no sabe por dónde empezar. De ahí las diferencias:

CGPJEsta web
Supuestos de extinciónMuchos másLos cuatro más frecuentes
Doble tramo anterior a 2012Sí, y explicado paso a paso
Comparador entre tipos de despidoNoSí, los cuatro a la vez
Cálculo del finiquitoNoSí, y sumado al total
Aviso de exención de IRPFNoSí, según el tipo de despido
Desglose descargableNoSí, listo para imprimir

El comparador es la diferencia que más se nota en la práctica. Cuando la empresa te ofrece un despido objetivo de 20 días y tú crees que aquello es improcedente, lo que necesitas no es un número: son los dos números, uno al lado del otro, para saber cuánto hay en juego antes de sentarte a negociar.

Entonces, ¿cuál uso?

  • Empieza por esta si acabas de recibir la carta y quieres entender el panorama: cuánto por cada tipo, cuánto de finiquito, qué pasa con Hacienda y qué plazo tienes.
  • Contrasta con la del CGPJ antes de tomar cualquier decisión con dinero de por medio.
  • Usa solo la del CGPJ si eres fijo discontinuo, empleado del hogar, o tu caso es movilidad geográfica o modificación sustancial.
  • Y con las dos en la mano, ve a un abogado laboralista. Ninguna de las dos ve tu convenio colectivo, tu carta ni tu antigüedad reconocida real, y ahí es donde suelen estar las diferencias grandes.

Un aviso que vale para las dos

Ni los resultados de la calculadora del CGPJ ni los de esta son vinculantes. Son estimaciones sobre los datos que se introducen. El número definitivo sale del acuerdo con la empresa o de la sentencia, y depende de cosas que ninguna calculadora conoce: sucesión de empresas, tramos con jornadas distintas, mejoras de convenio o antigüedad reconocida en contrato.

Preguntas frecuentes

¿Dónde está la calculadora del CGPJ?

En la web del Consejo General del Poder Judicial, dentro del apartado de servicios y utilidades, como «Cálculo de indemnizaciones por extinción de contrato de trabajo». Es de acceso libre y gratuito, sin registro.

¿Por qué me da un resultado distinto al de aquí?

Lo habitual es que sea por el tratamiento de los meses incompletos o por el tipo de extinción elegido. Esta web prorratea por meses contando la fracción como mes completo, que es la doctrina del Tribunal Supremo. Si la diferencia es grande, revisa que en ambas hayas puesto el mismo salario bruto anual y el mismo tipo de despido.

¿El resultado del CGPJ vale como prueba en un juicio?

No. Es una herramienta de orientación y sus resultados no son vinculantes, ni siquiera siendo oficial. Lo que vale en juicio es el cálculo que haga la parte con su documentación y lo que declare la sentencia.

¿Calcula el CGPJ el finiquito?

No. Calcula la indemnización por extinción, no las cantidades devengadas y pendientes. Para el finiquito —días del mes, vacaciones y parte proporcional de pagas extra— puedes usar el apartado opcional de esta calculadora.

Calcula lo tuyo en un minuto

Pon tus dos fechas y tu salario y verás la indemnización, el desglose paso a paso, la comparativa con los otros tipos de despido y el finiquito. Gratis y sin registro.

Ir a la calculadora

Esta guía es informativa

Explica la normativa vigente a 24 de agosto de 2026, pero no es asesoramiento legal y no sustituye a un abogado laboralista, que es quien puede valorar tu carta de despido, tu convenio colectivo y las circunstancias concretas de tu caso. Recuerda que el plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido.