Guía · fijos discontinuos
Despido de un fijo discontinuo: cómo se cuenta la antigüedad para la indemnización
Para la indemnización por despido de un fijo discontinuo, el Tribunal Supremo solo cuenta los periodos en los que trabajaste de verdad, no los meses de inactividad entre campañas. Para otros derechos, como los trienios, sí cuenta toda la relación.
Normativa vigente a 24 de septiembre de 2026
Lo que dijo el Supremo
La sentencia 442/2025, de 20 de mayo, del Tribunal Supremo (recurso 3048/2024) resolvió que la indemnización por despido de un fijo discontinuo se calcula con los periodos de actividad, porque el Estatuto habla de «años de servicio». En ese caso, anuló una sentencia que había subido la indemnización de 18.206 € a 31.817 € al contar toda la relación, y dejó la cifra más baja.
Ojo: varias webs citan esta sentencia como «42/2025». El número correcto es 442/2025.
¿Y el artículo 16.6 del Estatuto?
Desde la reforma laboral de 2021, el artículo 16.6 dice que la antigüedad de los fijos discontinuos se calcula «teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral», salvo en las condiciones que exijan otro tratamiento por su naturaleza. El Supremo considera que la indemnización es una de esas excepciones. Esa sentencia se refería a hechos anteriores a la reforma y parte de los juristas la discute, así que en despidos recientes puede haber debate. Si tu caso es dudoso, consúltalo con un abogado laboralista.
Un ejemplo
Llevas 8 años como fijo discontinuo en un hotel y trabajas 7 meses al año. Para la indemnización se cuentan unos 4 años y 8 meses de servicio (8 × 7 meses = 56 meses), no 8 años. Con 1.600 € brutos al mes en 14 pagas, un despido improcedente saldría por unos 9.450 €, frente a unos 16.200 € si se contaran los 8 años.
Lo que sí cuenta toda la relación
- Complementos por antigüedad como trienios o quinquenios: cuentan desde el primer contrato, según el Tribunal de Justicia de la UE y el propio artículo 16.6.
- La fecha de alta para el cálculo de otros derechos laborales que no dependan de los días trabajados.
Preguntas frecuentes
¿Un fijo discontinuo cobra indemnización por despido?
Sí. Si le despiden, cobra la indemnización que corresponda al tipo de despido. Según el Supremo, se calcula con los periodos efectivamente trabajados.
¿Cuentan los meses de inactividad?
Para la indemnización por despido, no, según la sentencia del Tribunal Supremo 442/2025. Para trienios y otros complementos de antigüedad, sí.
¿Qué pasa si la empresa no me llama al inicio de la campaña?
La falta de llamamiento puede equivaler a un despido. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde que sabes que no te van a llamar.
Calcula tu indemnización
En la calculadora, usa como antigüedad el tiempo que has trabajado de verdad sumando todas las campañas.
Ir a la calculadoraFuentes: Gómez-Acebo & Pombo sobre la STS 442/2025 · AEDTSS · Estatuto de los Trabajadores, art. 16. Revisado el 24 de septiembre de 2026. Orientativo: no es asesoramiento jurídico.
Esta guía es informativa
Explica la normativa vigente a 24 de agosto de 2026, pero no es asesoramiento legal y no sustituye a un abogado laboralista, que es quien puede valorar tu carta de despido, tu convenio colectivo y las circunstancias concretas de tu caso. Recuerda que el plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido.